El magistrado presidente del Tribunal Electoral de Tabasco, Oswald Lara Borges, informó la resolución de un recurso de apelación relacionado con el acceso a un expediente sobre la posible creación de un nuevo partido político local.
Explicó que el caso inició el 26 de febrero de 2026, cuando la Secretaría Técnica de la comisión encargada del registro de partidos políticos locales envió al partido Morena versiones digitales del expediente de la asociación civil “Unión Democrática por Tabasco”, la cual busca constituirse como partido bajo el nombre “Partido Alternativa Social”.
Posteriormente, el 2 de marzo, Morena solicitó acceso al expediente físico, argumentando que la versión digital estaba incompleta debido a que contenía información reservada, lo que limitaba su función de vigilar la legalidad y transparencia del proceso.
En respuesta, la presidenta de la comisión dictaminadora autorizó la consulta presencial del expediente, pero con varias restricciones: no se permitía sacar copias, tomar fotografías, usar dispositivos electrónicos, ni hacer anotaciones. Además, condicionó el acceso a la firma de una carta de confidencialidad.
Ante estas condiciones, Morena impugnó la decisión al considerar que la presidenta de la comisión no tenía facultades para emitir ese tipo de determinaciones de manera individual.
Al respecto, Oswald Lara Borges señaló que el Tribunal consideró fundado el reclamo, ya que las decisiones de la comisión deben tomarse de forma colegiada, es decir, por mayoría de sus integrantes y no de manera unilateral.
Indicó que la resolución establece que corresponde a toda la comisión dictaminadora, como órgano colegiado, definir las condiciones de acceso al expediente, garantizando tanto la protección de datos personales como el principio de máxima publicidad y el derecho de los partidos a supervisar los procesos electorales.
Por ello, el Tribunal Electoral de Tabasco resolvió revocar el oficio emitido el 3 de marzo de 2026 por la presidenta de dicha comisión.
Asimismo, ordenó a la comisión dictaminadora emitir, en un plazo no mayor a 72 horas, una nueva respuesta a la solicitud de Morena, la cual deberá estar debidamente fundamentada y motivada.
