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Triunfa la Ley Manu en la Suprema Corte

Ciudad de México, 6 de octubre de 2025. — Este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 1/2024, promovida
por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla y reconoció la validez
constitucional de la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil por daños a
terceros, como un mecanismo de protección para las víctimas de siniestros viales, así
como la suspensión de la licencia de conducir hasta por un año para quienes
conduzcan bajo los efectos del alcohol.

Ante la presencia de familiares de víctimas de siniestros de tránsito y otras
organizaciones de la sociedad civil que forman parte de la Coalición Movilidad Segura, el
pleno de la Corte discutió y aprobó por mayoría el proyecto de sentencia presentado por la
Ministra Lenia Batres, en el que se reafirma la validez de dichas disposiciones en la Ley de
Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla para la protección de la vida y la
reparación integral del daño.

En noviembre de 2024, durante el proceso de análisis de la Acción de Inconstitucionalidad
relativa a la impugnación de diversos artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del
Estado de Puebla, la Coalición Movilidad Segura promovió la presentación de un
amicus curiae ante la Suprema Corte, con el propósito de aportar argumentos jurídicos y
técnicos que sustentan la constitucionalidad de estas disposiciones.

La resolución da luz verde a las entidades federativas para que implementen la
obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil a nivel local, confirmando su
constitucionalidad y las protecciones que ofrece para las víctimas de siniestros y
conductores en sus localidades.

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