Mérida, Yucatán, a 24 de septiembre de 2025.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló este martes 23 de septiembre a favor del Congreso del Estado de Yucatán en el expediente referente a la Controversia Constitucional interpuesta por las modificaciones realizadas por la LXIV Legislatura al artículo 46 de la Ley de Hacienda del Municipio de Mérida, mediante el Decreto 29/2024, publicado el 30 de diciembre de 2024.
Con una votación de 7 votos a favor y 2 en contra, el Pleno de la SCJN consideró infundada la Controversia Constitucional citada, al considerar que la Legislatura aportó una argumentación reforzada para separarse de la propuesta de la Ley de Hacienda presentada por el municipio de Mérida.
Cabe recordar que durante la discusión de los paquetes fiscales municipales 2025 en diciembre del año pasado, se discutió tanto en la Comisión Permanente de Presupuesto, Patrimonio Estatal y Municipal, como finalmente en el Pleno del Congreso del Estado, que la Legislatura se apartase parcialmente del contenido del artículo 46, en el que se definen las tablas de los valores catastrales, lo que impactaba directamente en el cobro del impuesto predial.
Por mayoría de votos de las diputadas y diputados de morena, Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Partido del Trabajo (PT), Movimiento Ciudadano (MC), y los votos en contra de las fracciones legislativas del Partido Acción Nacional (PAN) y Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Pleno respaldó el dictamen de la Comisión Permanente de Presupuesto, Patrimonio Estatal y Municipal que se apartaba del incremento generalizado de los valores catastrales que se contemplaban en el artículo 46, dejando sólo aquellas que contemplaban los condominios verticales superiores a 4 niveles, que no habían sido contempladas en los años anteriores. En dicho dictamen, el Congreso presentó una motivación reforzada para sustentar las modificaciones realizadas.
El 10 de febrero del presente año el Ayuntamiento de Mérida promovió una controversia constitucional en contra de esta determinación del Congreso, misma que fue notificada al Legislativo Estatal el 14 de marzo, y se le requirió un informe fundamentado de su actuación, el cual fue rendido el 8 de mayo.
El Pleno de la SCJN encontró suficientes los argumentos vertidos por el Congreso en la exposición de motivos, y con ello determinó este martes que las actuaciones de la Legislatura se encontraban apegadas a derecho.
Con este fallo el Congreso del Estado cumple su deber constitucional y responde a una demanda social legítima: asegurar que el crecimiento urbano y económico no se traduzca en desigualdad ni en mayores presiones económicas para los hogares con menores ingresos. La justicia social y la protección de los derechos de la ciudadanía son y seguirán siendo ejes rectores de la actividad legislativa.