El Tribunal Electoral de Tabasco (TET) confirmó diversas resoluciones emitidas por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), al resolver tres recursos de apelación promovidos en contra de determinaciones del órgano administrativo electoral.
En el recurso de apelación TET-AP-01/2026-I, el PRD Tabasco impugnó la resolución del IEPCT que declaró inexistentes las conductas denunciadas en el Procedimiento Especial Sancionador PES 07/2025, atribuidas al ciudadano Javier May Rodríguez, gobernador del estado, relacionadas con el evento denominado “1 Año del Gobierno del Pueblo”, celebrado el 1 de octubre de 2025.
El partido recurrente señaló presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y difusión indebida del informe, además de argumentar que la Secretaría Ejecutiva del IEPCT realizó una investigación incompleta.
Sin embargo, del análisis del expediente se acreditó que la autoridad administrativa sí llevó a cabo diligencias, entre ellas el requerimiento de información a Televisión Tabasqueña. Asimismo, el TET determinó que el PRD Tabasco no aportó elementos probatorios suficientes para sustentar sus acusaciones.
El Pleno del Tribunal también consideró que no resulta jurídicamente procedente que el Consejo Estatal del IEPCT vuelva a pronunciarse sobre conductas previamente declaradas inexistentes en un diverso procedimiento especial sancionador, ya que ello contravendría los efectos de la cosa juzgada y vulneraría los principios de certeza y seguridad jurídica que rigen las resoluciones firmes y definitivas.
