Por: Gilaur Gallegos
El 14 de septiembre no es una fecha más en el calendario festivo de México; es la jornada que condensa el reconocimiento legal, laboral e histórico al Día del Locutor y del Trabajador de la Radio y la Televisión. Lejos de ser una celebración meramente simbólica, esta efeméride encuentra su legitimidad en un sólido andamiaje institucional.
El primer pilar es histórico. En 1957, Francisco Neri Cano, fundador de la Asociación Nacional de Locutores, instauró la fecha para dignificar la profesión de las voces de la nación. El segundo pilar es de carácter jurídico: durante la década de 1960, el presidente Adolfo López Mateos firmó el Decreto Oficial que elevó este día al rango de festividad nacional, validando el impacto social de la radiodifusión.
Finalmente, el sustento laboral y práctico más contundente reside en el Contrato Ley de la Radio y la Televisión. Este documento legal, pactado formalmente entre el sector patronal y las representaciones sindicales de la industria, eleva la fecha a una garantía laboral obligatoria bajo la Ley Federal del Trabajo, asegurando prestaciones para operadores, técnicos y creativos. Así, cada emisión es respaldada por una historia de derechos conquistados.
