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Comisión del Congreso avala tipificar la cohabitación forzada como delito autónomo en Puebla

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado, bajo la presidencia del diputado Oscar Mauricio Céspedes Peregrina, aprobó un proyecto de dictamen para reformar el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. El objetivo primordial de esta modificación es establecer la cohabitación forzada como un tipo penal autónomo, logrando con ello la armonización de la legislación local con el Código Penal Federal para salvaguardar de manera integral los derechos de la niñez y la adolescencia.

Esta iniciativa surge ante la necesidad urgente de prevenir y erradicar los matrimonios o uniones forzadas de niñas, niños, adolescentes y jóvenes menores de 18 años, así como de personas que carezcan de la capacidad para comprender el significado del hecho. El dictamen consolidó diversas propuestas presentadas por un amplio grupo de legisladores, entre ellos Xel Ariana Hernández, Jaime Alejandro Aurioles, Roberto Zataráin, Susana Riestra, Luana Armida Amador y Celia Bonaga, entre otros integrantes de distintas fracciones parlamentarias.

En la misma sesión, las y los diputados de este órgano colegiado avalaron reformas adicionales al Código Penal encaminadas a endurecer la protección de menores de edad e incapaces. Las modificaciones configuran como delito de corrupción el inducir, obligar o facilitar que este sector de la población cometa daños, ejerza violencia o se involucre en la venta de narcóticos y precursores químicos. El proyecto unificó las iniciativas presentadas por los legisladores Leonela Jazmín Martínez Ayala, Jaime Alejandro Aurioles Barroeta, Elpidio Díaz Escobar y Elías Lozada Ortega.

Asimismo, el nuevo marco normativo establece sanciones específicas para quien permita el acceso de un menor a espectáculos, exhibiciones, obras gráficas o audiovisuales de carácter lascivo o sexual. De igual forma, se penalizará a quien comercialice, distribuya, exponga, haga circular u ofrezca a una persona menor de 18 años libros, obras escritas, grabaciones, filmes, fotografías, videos, anuncios impresos, imágenes u objetos de índole sexual explícita.

Durante el análisis del dictamen, la diputada Fedrha Isabel Suriano Corrales solicitó una reserva sobre la fracción IV del artículo 217 con la finalidad de continuar con el estudio técnico y garantizar una correcta armonización jurídica antes de su votación en el pleno. A la sesión asistieron también los legisladores Norma Estela Pimentel Méndez, Araceli Celestino Rosas, José Miguel Trujillo de Ita y Elpidio Díaz Escobar.