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PROHIBICIÓN BEBIDAS ENERGETIZANTES

Con 401 votos a favor fue aprobada por todas las bancadas en San Lázaro una nueva sanción a quienes vendan bebidas energizantes a menores de edad, lo que significa una multa de miles de pesos que posiblemente entrará en vigor en los próximos días.

Esto implica modificaciones a la Ley General de Salud, que, entre otras cosas, define a las bebidas energizantes como bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína y taurina o glucuronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares“.

Con ello, además de la sanción a quienes vendan estas bebidas a los menores de edad, establecerán distintas categorías de los productos en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, con la finalidad de ajustarse a estándares internacionales de otros países que tienen medidas similares, para “catalogar las que ameriten restricciones de consumo en determinadas poblaciones, alertas sanitarias específicas o restricciones para su publicidad o comercialización“.

En caso de que se materialice la reforma a la Ley General de Salud, se aplicará una sanción en los términos previstos del artículo 419 de la ley, que es de 2 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que este año es de 113.14 pesos, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).