La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de la saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos Ortiz, víctima de un ataque con ácido en septiembre de 2019, para analizar la legalidad de decisiones judiciales dentro del proceso penal por tentativa de feminicidio.
El asunto deriva de una resolución absolutoria que posteriormente fue dejada sin efectos por una jueza sustituta, quien ordenó reponer el juicio oral, pese a que la persona juzgadora original ya había escuchado las pruebas, deliberado y emitido su fallo.
Las ministras y los ministros deberán determinar si la jueza sustituta tenía facultades para anular el procedimiento cuando aún estaba pendiente la sentencia por escrito, así como si su decisión respetó los derechos de las partes y el principio que prohíbe juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos.
El expediente quedó registrado como Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción 566/2026. La resolución de la Corte permitirá establecer criterios sobre cómo proceder cuando una persona juzgadora es sustituida después de concluir la etapa de desahogo de pruebas y deliberación.
La atracción del caso no implica un pronunciamiento sobre la culpabilidad o inocencia de las personas acusadas, sino que la SCJN revisará la legalidad de las decisiones adoptadas durante el proceso penal.

