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Sala Xalapa confirmó sentencia del Tribunal Estatal Electoral en San Antonio de la Cal por controversia

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en el expediente SX-JDC-820/2025, la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JNI/108/2025 y acumulados, que revocó el registro como candidato a primer concejal suplente en la planilla negra del municipio de San Antonio de la Cal, Oaxaca.

La decisión se basó en que la inclusión de las figuras de reelección y elección consecutiva no fue aprobada adecuadamente dentro del Sistema Normativo Interno de la comunidad ni difundida previamente entre la ciudadanía.

Además, dicha inclusión fue determinada por el Consejo Municipal Electoral y no por la Asamblea General Comunitaria, lo cual la hacía improcedente, por ello, se consideró correcta la revocación del registro del candidato. 

Por otra parte, en el expediente SX-JG-210/2025, la Sala Regional Xalapa confirmó la resolución del TEEO en el expediente JDCI/56/2024, mediante la cual se impuso una multa al presidente municipal de San Jerónimo Sosola, Oaxaca, por incumplir la sentencia firme que lo obligaba a convocar al cabildo al menos una vez por semana.

Este órgano jurisdiccional federal determinó que no existía causa justificada para el incumplimiento, y que los argumentos relacionados con el tamaño del municipio, los asuntos a tratar o su carácter indígena resultaban inoperantes frente a una sentencia definitiva.
 
Finalmente, en el expediente SX-JG-212/2025, se confirmó la sentencia del TEEO dictada en el expediente JDCI/63/2025, mediante la cual se impuso al Comisionado Municipal provisional del Ayuntamiento de Zapotitlán Palmas, Huajuapan, Oaxaca, una multa de 11 mil 314 pesos, como medida de apremio, y se le apercibió con arresto de hasta seis horas por el incumplimiento reiterado de una resolución jurisdiccional.

La Sala consideró insuficientes los agravios del actor, al estimar válidas las notificaciones realizadas y justificar la imposición de la sanción ante la falta de cumplimiento y de información sobre su capacidad económica.