La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que los servicios de transporte por aplicación, como Uber, no están autorizados para operar dentro de los aeropuertos del territorio nacional.
A través de la Dirección General de Autotransporte Federal, la dependencia explicó que la empresa tecnológica promovió un amparo en respuesta a los operativos que la Guardia Nacional lleva a cabo en las terminales aéreas para verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
De acuerdo con la SICT, el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México concedió una suspensión que obliga a la Guardia Nacional a realizar sus acciones de vigilancia conforme a lo establecido en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento, con el fin de evitar prácticas arbitrarias o discriminatorias.
La Secretaría recordó a las y los usuarios que los servicios de transporte con permiso vigente para operar en aeropuertos son los taxis autorizados, así como los servicios turísticos y autobuses que conectan con destinos específicos.
Por su parte, el director general de Uber México anunció recientemente que la compañía obtuvo una suspensión definitiva contra las sanciones que la Guardia Nacional imponía a sus conductores por ofrecer traslados desde o hacia los aeropuertos. Según el directivo, esta resolución busca mejorar la movilidad y la experiencia de viaje de los usuarios, al tiempo que se avanza hacia un esquema regulatorio más claro.
No obstante, la SICT reiteró que su prioridad continúa siendo el cumplimiento estricto del marco legal y la protección de los derechos tanto de los pasajeros como de los prestadores de servicios debidamente autorizados.
Por ahora, la situación legal entre la empresa y las autoridades federales permanece en curso, en espera de resoluciones definitivas que determinen si los servicios por aplicación podrán operar formalmente en los aeropuertos del país.
