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Prohibido que empleadores soliciten Constancia de Situación Fiscal; advierte SAT

El Servicio de Administración Tributaria SAT en Chiapas, aclaró que los empleadores no deben solicitar la Constancia de Situación Fiscal (CSF) a sus trabajadores para el timbrado de nómina.

 Esta práctica carece de fundamento legal y contraviene la protección de datos personales.

 “Es importante aclarar que los empleadores no deben solicitar a sus trabajadores, la constancia de situación fiscal para el timbrado de la nómina, ya que pueden solicitar los datos mediante un caso de aclaración en los términos de la ficha de trámite número 44 del código fiscal de la Federación, la solicitud de datos en el RFC de asalariados

Edgar Santos Carballo / administrador desconcentrado de servicio al contribuyente en Chiapas II.

Explicó que los datos necesarios para el timbrado de la nómina son RFC, nombre, código postal y régimen.

Aclaró que la infracción se configura por el condicionamiento, no por la solicitud ni por el uso de la CSF como mecanismo de validación.

“El emisor que condiciona la expedición de una factura a cambio de la entrega de la constancia de situación fiscal, incurre en una infracción que se sanciona con una multa que va de 21,420 a 122,440 pesos. La sanción se considera en el artículo 83, fracción nueve del código Fiscal de la Federación para erradicar esta mala práctica fiscal”.

Estos datos pueden obtenerse, por ejemplo, a través de la Cédula de Datos Fiscales disponible en el portal del SAT.

La CSF sigue siendo un documento válido de verificación. La propia autoridad reconoce que la CSF contiene información fiscal relevante del contribuyente: Actividades económicas, Obligaciones, Domicilio fiscal y Régimen fiscal.

Añadió que la constancia no tiene vigencia y solo se actualiza cuando el contribuyente realiza modificaciones en su información ante el RFC, como cambios de domicilio fiscal, régimen o actividades económicas, por lo que no es necesario tramitarla de manera periódica.

Finalmente, informó que la CSF puede obtenerse a través del portal del SAT con contraseña o e.firma, así como mediante la aplicación SAT Móvil, SAT ID, Oficina Virtual o directamente en las oficinas del SAT.