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TEEG resuelve tres asuntos relacionados con violencia política contra las mujeres

Guanajuato, GTO. El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato resolvió tres asuntos durante su sesión pública de este miércoles, dos de ellos relacionados con denuncias por posibles actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.

En uno de los casos, el Tribunal confirmó la determinación del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato; en otro, remitió el expediente a la Fiscalía especializada para garantizar el acceso a la justicia.

En el primer asunto, dos ciudadanas impugnaron la decisión del IEEG de no continuar con una denuncia por posibles actos de violencia política contra las mujeres.

Por unanimidad, el Tribunal confirmó la resolución del Instituto, al considerar que, aunque las conductas ocurrieron dentro de un contexto político o partidista, no se identificó una afectación a los derechos de participación política de las denunciantes.

El TEEG también señaló que aplicar una perspectiva de género no elimina la obligación de cumplir con los requisitos legales que determinan la competencia de las autoridades electorales.

En otro caso, una presidenta municipal del DIF denunció publicaciones en Facebook que, desde su perspectiva, buscaban desprestigiarla al hacer referencia a una posible candidatura futura a la alcaldía.

El Tribunal confirmó que el IEEG no era competente para conocer el asunto, debido a que no se encontraron elementos que acreditaran una posible afectación a sus derechos político-electorales.

Sin embargo, para garantizar su acceso a la justicia, el expediente fue remitido a la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos cometidos contra las Mujeres por Razones de Género, para que sea analizado dentro de sus atribuciones.

En el tercer asunto, el Tribunal determinó que sí existió violencia política contra las mujeres por parte del Partido Verde Ecologista de México, luego de que no destinara la totalidad de los recursos que debía aplicar para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.

El TEEG determinó que el partido no aplicó el porcentaje establecido para estas actividades y, aunque argumentó que se trató de un error involuntario, no presentó elementos suficientes para acreditarlo.

Por ello, se impuso una amonestación pública y se ordenaron medidas de reparación integral.
Con estas resoluciones, el Tribunal Estatal Electoral reiteró la importancia de garantizar los derechos político-electorales de las mujeres y de que las instituciones actúen dentro del ámbito de sus competencias para atender y canalizar los casos relacionados con violencia política de género.