La Suprema Corte de Justicia de la Nación modificó un criterio que había mantenido durante más de una década respecto a las leyes que afectan a personas con discapacidad.
Al resolver una acción de inconstitucionalidad relacionada con normas de Tamaulipas, la Corte determinó que la falta de una consulta previa no necesariamente deberá provocar la eliminación inmediata de toda una norma.
El caso contempla la obligación de reservar al menos el tres por ciento de las plazas en gobiernos municipales para personas con discapacidad. Para evitar que este beneficio desaparezca, la Corte dio un plazo de doce meses al Congreso de Tamaulipas para realizar la consulta correspondiente.
Sin embargo, sí invalidó de manera inmediata la obligación de presentar los llamados “certificados de capacidad” para acceder a estos empleos, al considerar que representan una carga injustificada y discriminatoria.
Con esta decisión, la Suprema Corte busca garantizar la participación de las personas con discapacidad en la elaboración de leyes, pero evitando que una invalidez automática termine afectando los derechos y beneficios que esas mismas normas les otorgan.
