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Andrés Villegas propone garantizar seguridad social a policías y búsqueda inmediata de desaparecidos

En conferencia de prensa, el diputado Andrés Iván Villegas Mendoza dio a conocer la presentación de una iniciativa para crear la Ley del Sistema Complementario de Seguridad Social para las Instituciones de Seguridad Pública del Estado y Municipios de Puebla. Esta propuesta legal tiene como propósito fundamental dignificar las condiciones laborales de los cuerpos policiales, asegurando prestaciones mínimas, pensiones dignas y esquemas de protección para ellos y sus familias.

El legislador detalló que el proyecto contempla una serie de beneficios complementarios esenciales, tales como un seguro de vida institucional, cobertura por riesgos de trabajo, atención médica oportuna, apoyos por invalidez, protección para beneficiarios y acompañamiento emocional. Asimismo, se plantea el establecimiento de un monto mínimo equivalente a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para los seguros, cuidando que esta medida no repercuta negativamente en el salario neto de las y los elementos de seguridad.

Para garantizar la viabilidad del proyecto, Villegas Mendoza precisó que la implementación de esta ley se realizaría de forma gradual y financieramente responsable. De este modo, se respetará la suficiencia presupuestal de las demarcaciones y la autonomía municipal, concediendo un plazo de adaptación de hasta 24 meses para que los ayuntamientos puedan alinear sus finanzas a las nuevas obligaciones patronales.

Por otra parte, el diputado anunció que en la próxima sesión ordinaria promoverá una reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado en materia de personas desaparecidas. La modificación busca eliminar la obligatoriedad de esperar plazos de 24 o 48 horas para activar los protocolos de localización, mandatando una búsqueda inmediata bajo los principios de presunción de vida, debida diligencia y protección prioritaria a mujeres, infancias y sectores vulnerables. La reforma también exigirá un registro estricto de la fecha y hora en que se recibe el reporte y el momento exacto del inicio de los operativos de rastreo.