La Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los encuentros y actos públicos entre autoridades y ciudadanía constituyen ejercicios legítimos de comunicación gubernamental, por lo que no se consideran promoción personalizada ni uso indebido de recursos públicos.
El criterio fue establecido por la Sala Superior del tribunal al resolver el expediente SUP-PSC-16/2026, derivado de una queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), en la que se señalaba una presunta promoción personalizada y violaciones a los principios de neutralidad e imparcialidad por parte de autoridades durante eventos públicos.
Tras analizar el caso, el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral concluyó que las irregularidades denunciadas resultan inexistentes, al considerar que este tipo de reuniones forman parte de la comunicación institucional que los gobiernos mantienen con la población y no constituyen propaganda personalizada, particularmente cuando no se desarrollan dentro de un proceso electoral.
La resolución sienta un precedente sobre los límites de la comunicación gubernamental y la interacción directa entre funcionarios públicos y ciudadanía, al reconocer que los encuentros informativos o de diálogo forman parte de las funciones ordinarias de gobierno.
Este criterio también respalda la realización de ejercicios de diálogo directo con la población, como los encuentros con el pueblo impulsados en Tabasco por el gobernador Javier May Rodríguez, los cuales habían sido cuestionados por fuerzas de oposición como el Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.
