La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en el expediente SX-JDC-820/2025, la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JNI/108/2025 y acumulados, que revocó el registro como candidato a primer concejal suplente en la planilla negra del municipio de San Antonio de la Cal, Oaxaca.
La decisión se basó en que la inclusión de las figuras de reelección y elección consecutiva no fue aprobada adecuadamente dentro del Sistema Normativo Interno de la comunidad ni difundida previamente entre la ciudadanía.
Además, dicha inclusión fue determinada por el Consejo Municipal Electoral y no por la Asamblea General Comunitaria, lo cual la hacía improcedente, por ello, se consideró correcta la revocación del registro del candidato.
Por otra parte, en el expediente SX-JG-210/2025, la Sala Regional Xalapa confirmó la resolución del TEEO en el expediente JDCI/56/2024, mediante la cual se impuso una multa al presidente municipal de San Jerónimo Sosola, Oaxaca, por incumplir la sentencia firme que lo obligaba a convocar al cabildo al menos una vez por semana.
Este órgano jurisdiccional federal determinó que no existía causa justificada para el incumplimiento, y que los argumentos relacionados con el tamaño del municipio, los asuntos a tratar o su carácter indígena resultaban inoperantes frente a una sentencia definitiva.
Finalmente, en el expediente SX-JG-212/2025, se confirmó la sentencia del TEEO dictada en el expediente JDCI/63/2025, mediante la cual se impuso al Comisionado Municipal provisional del Ayuntamiento de Zapotitlán Palmas, Huajuapan, Oaxaca, una multa de 11 mil 314 pesos, como medida de apremio, y se le apercibió con arresto de hasta seis horas por el incumplimiento reiterado de una resolución jurisdiccional.
La Sala consideró insuficientes los agravios del actor, al estimar válidas las notificaciones realizadas y justificar la imposición de la sanción ante la falta de cumplimiento y de información sobre su capacidad económica.
