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Revocó parcialmente TEEO acuerdo que permite injerencia partidista en el proceso de revocación de mandato

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), por unanimidad de votos, revocó parcialmente el acuerdo emitido por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que permite la acreditación de representantes partidistas en el proceso de revocación de mandato.

El acuerdo IEEPCO-CG-32/2025 desnaturaliza la esencia de un ejercicio ciudadano, porque acredita a representantes partidistas en las Mesas Directivas de Casillas, cuando la Constitución Federal y Estatal no reconocen a los partidos políticos como sujetos de dicho procedimiento, ni les atribuyen función alguna dentro de su organización, desarrollo o vigilancia. 

A través de los Juicios Ciudadanos 113 y 114, la ponencia de la magistrada presidenta Sandra Pérez Cruz, expuso que la revocación de mandato es un mecanismo distinto al de los procesos electorales, pues no existe contienda, candidaturas ni competencia entre fuerzas políticas; se trata de un ejercicio de control directo de la ciudadanía sobre la continuidad en el cargo del titular de la Gubernatura del Estado.

El TEEO ordenó la inaplicación del Artículo 41, último párrafo de la Ley de Revocación de Mandato, además invalidó los artículos 36 y 37 de los Lineamientos impugnados. 

En su intervención, la magistrada presidenta indicó que, “con el proyecto se busca restituir a la ciudadanía en el ejercicio pleno de un mecanismo de participación libre de injerencia partidista, garantizando los principios de imparcialidad, certeza, objetividad y confianza pública, que resultan indispensables para la legitimidad Constitucional de la revocación de mandato”.
Esta resolución deja sin efecto el reconocimiento, acreditación y actuación de representantes partidistas ante los concejos distritales.

Durante la sesión pública celebrada este viernes en el Salón del Pleno, las magistraturas resolvieron: dos Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), tres Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos (JDCI) y, cinco Juicios Electorales de los Sistemas Normativos Internos (JNI).