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Pensionados bajo el régimen de Ley 73 del IMSS tienen derecho a recibir dinero extra

Pensionados bajo el régimen de Ley 73 del IMSS tienen derecho a recibir dinero extra correspondiente a los ahorros acumulados en su “Subcuenta de Vivienda” del Infonavit.

Aunque muchos desconocen este beneficio, se trata de un monto que puede solicitarse en una sola exhibición siempre que se cumpla un requisito fundamental: contar con la Resolución de Pensión emitida por el instituto.

El proceso para acceder a este dinero extra depende del régimen pensionario.

En el caso de quienes cotizaron antes de 1997 y se jubilaron bajo la Ley 73, el Infonavit permite recuperar el saldo completo de forma directa, siempre que se cumplan condiciones específicas que garantizan la correcta identificación del pensionado.

De acuerdo con el Infonavit, el punto clave para acceder al ahorro acumulado es contar con una Resolución de Pensión por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad total o parcial del 50% o más.

Esta resolución funciona como comprobante oficial de que la persona ya concluyó su vida laboral y tiene derecho a solicitar la devolución.

Además, las personas de 70 años o más con saldo disponible también pueden iniciar el proceso, incluso si no han gestionado su devolución desde que se pensionaron.

En todos los casos, el Instituto entrega no solo el saldo original, sino también los rendimientos generados hasta el momento de la solicitud.

Es importante recordar que la Subcuenta de Vivienda pertenece a cada trabajador y nunca se pierde.

Sin embargo, si no se reclama, el dinero queda resguardado hasta que el pensionado o sus beneficiarios lo solicitan.

INFONAVIT

El Infonavit permite recuperar la totalidad de los recursos disponibles en todas las subcuentas vinculadas al trabajador, incluyendo:-

* Fondo de Ahorro 72-92
* Subcuenta de Vivienda 92
* Subcuenta de Vivienda 97
* Solo Infonavit (aportaciones extraordinarias o RISS)

Esta opción es ideal para quienes quieren recibir todo el dinero en una sola gestión, sin tener que realizar trámites adicionales con su Afore.

El Infonavit indicó que el Artículo 37 de la Ley del Infonavit obliga al instituto a notificar a toda persona que cumple 70 años y tiene recursos sin reclamar.

Si el titular no realiza la solicitud, el dinero se transfiere al Fondo de Pensiones para el Bienestar, pero puede reclamarse posteriormente en cualquier momento, ya sea por el pensionado o sus beneficiarios.