La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló los requisitos adicionales aprobados por el Congreso de Oaxaca para solicitar la revocación de mandato del gobernador Salomón Jara Cruz, al considerar que limitaban de forma injustificada el derecho ciudadano. Con ocho votos a favor y uno en contra, el pleno determinó que exigir 10 % de firmas en cada uno de 286 municipios hacía prácticamente imposible activar la consulta prevista para el 25 de enero de 2026.
Con la resolución, se restituye la norma previa, se requiere 10 % de la lista nominal estatal en el mismo número de municipios, pero sin un porcentaje mínimo por cada uno. La Corte también invalidó la reducción del plazo para solicitar la revocación de un mes a tres meses tras el tercer año de gobierno.
El proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que la reforma local excedía lo establecido por la legislación federal en materia de democracia participativa. La ministra Yasmín Esquivel coincidió en que las reglas derogadas hacían inviable el mecanismo, mientras que el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz votó en contra al considerar que los cambios buscaban una legitimación territorial más amplia.
Tras el fallo, el proceso de revocación sigue en curso y las autoridades deberán ajustar los lineamientos para la recolección de firmas conforme a lo ordenado por la SCJN.
