Después de que el Senado aprobó la Ley de Amparo agregando un transitorio para hacer posible la retroactividad de la ley, la presidenta Claudia Sheinbaum se mostró en desacuerdo de este agregado explicando que sería un artículo contrario a la Constitución. Para dar más detalles, este viernes el exministro Arturo Zaldívar explicó las implicaciones de agregar la retroactividad a la ley.
“Tiene razón en ser muy enfática que en este gobierno no se impulsan ni se avalan ni leyes ni actos contrarios a la Constitución y que no hay cabida a aplicación retroactiva de ninguna ley en perjuicio de persona alguna”.
El artículo transitorio agregado por el Senado detalla que los asuntos que se encuentren en trámite cuando entre en vigor de la ley, continuarían tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que se establecerían con la reforma, pero eso contradice a la Constitución.
“El artículo 14 constitucional en su párrafo primero establece de manera tajante a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Esto quiere decir que las leyes tienen efectos hacia futuro, no hacia el pasado, salvo que sean para beneficiar a alguna persona. Si alguien tiene un derecho emanado de un contrato, no se puede desconocer con una ley posterior. Si alguien realiza una actividad hoy que es lícita y mañana esa actividad es considerada un delito porque se tipifica como tal no se le podrá sancionar por lo que realizó antes que ese delito entrara en vigor”.
De acuerdo con el exministro, la intención de los senadores para agregar el artículo se fundamenta en una jurisprudencia de la Corte para leyes procesales como lo es la ley de amparo. Esta jurisprudencia establece que un proceso está conformado por diferentes actos, es decir, los procesos no se terminan en una sola acción, pero en las leyes procesales, el legislador puede decidir qué pasa con los juicios en trámite, si se les aplica la nueva ley a las etapas siguientes o no. Ante la situación, el exministro y actual coordinador de Política y Gobierno de la Presidencia, hizo un llamado a los legisladores para clarificar el artículo de retroactividad.
“No obstante que la intención del legislador parece ser que fue la de cumplir con esta jurisprudencia, lo cierto es que el precepto no tiene la suficiente claridad, ya ha dado lugar a un debate innecesario y a ciertas críticas, descalificaciones y también preocupaciones legítimas. Y la presidenta ha sido muy enfática, reitero, que no estamos a favor de ningún tipo de retroactividad. Por eso, de manera muy respetuosa y en el ánimo de un diálogo constructivo, institucional entre poderes, nos permitimos sugerir respetuosamente y si así lo estiman conveniente a las y los legisladores hacer las siguientes adecuaciones al artículo sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”.
Para poder darle precisión a la Ley de Amparo, Arturo Zaldívar sugirió tres acciones a los legisladores.
“Primero, que se establezca que la ley de amparo es una ley procesal (…) En segundo lugar que se prevea con claridad contundente que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación (…) Y en tercer lugar, que se diga también que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de este decreto de reformas se regirán por las nuevas disposiciones sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.
Los cambios en la Ley de Amparo ya fueron aprobados por el Senado y ahora serán discutidos en la Cámara de Diputados, que puede hacer modificaciones.