Este lunes fue invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una porción de una norma de Aguascalientes que trata sobre proteger la vida “desde su concepción hasta la muerte natural”.
Dicha frase es parte del párrafo 4 del artículo 2 de la Constitución del Estado de Aguascalientes; misma que se aprobó el año pasado con una iniciativa ciudadana del Frente Nacional por la Familia.
Con el argumento de que la norma mencionada podía “comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes”, se estableció que las entidades federativas no se encuentran en facultad de modificar el concepto de persona en sus constituciones locales
Lo anterior se logró por el impulso de colectivos feministas en el estado, a través de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).