El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón presentará este miércoles 7 de enero, en sesión pública, un proyecto ante el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mediante el cual propone revocar la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa, que confirmó la pérdida de registro del Partido Unidad Popular (PUP) en Oaxaca.
El partido político no alcanzó el umbral mínimo del 3 por ciento de la votación válida emitida durante el proceso electoral local 2023-2024, razón por la cual el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó la cancelación de su registro y dio por concluido el juicio ciudadano promovido, al considerar irrelevante su carácter indígena para efectos de los requisitos de permanencia. Dicha resolución fue posteriormente confirmada por la Sala Regional Xalapa.
No obstante, el Proyecto de Resolución identificado como SUP-REC-577 sostiene que las autoridades jurisdiccionales omitieron analizar el caso desde una perspectiva intercultural, lo que derivó en una vulneración al derecho de acceso efectivo a la justicia. El documento subraya que, si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció el 3 por ciento como umbral mínimo en la Acción de Inconstitucionalidad 53/2015, dicho criterio no excluye la posibilidad de realizar un análisis con enfoque intercultural en casos concretos.
El proyecto también señala que debió considerarse el nuevo bloque de constitucionalidad en materia indígena, incorporado en la reforma al artículo 2 de la Constitución, el cual reconoce a las comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Además, se advierte que las limitaciones en el financiamiento público recibido para actividades de campaña impactaron de manera significativa en la capacidad del partido para desarrollar acciones de propaganda electoral en igualdad de condiciones.
Entre los razonamientos centrales, el magistrado ponente argumenta que, aunque los criterios derivados de acciones de inconstitucionalidad son obligatorios, las reformas constitucionales y legislativas pueden modificar su vigencia y aplicabilidad. En ese sentido, se sostiene que los razonamientos previamente establecidos por la SCJN resultan incompatibles con la nueva redacción constitucional en materia de derechos indígenas.
Finalmente, el proyecto plantea ordenar tanto a la Sala Regional Xalapa como al TEEO que reevalúen el caso del Partido Unidad Popular, incorporando un análisis que tome en cuenta su identidad indígena y el nuevo marco constitucional vigente.
