Desde este 18 de abril las sanciones para los delitos que se configuren como violencia familiar en contra de personas adultas mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad se incrementan hasta en una mitad en su mínimo y su máximo.
Esto luego de que el Diario Oficial de la Federación publicara el decreto de reformas que adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis del Código Penal Federal. Mismo que fue aprobado el pasado 8 de marzo en la cámara de diputados y posteriormente en la cámara de senadores.
El párrafo reza textual que cuando el delito de violencia familiar se cometa en contra de una mujer embarazada, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad, la pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo.
El objetivo es garantizar el goce pleno de sus derechos a estos grupos poblacionales violentados en muchas ocasiones en el seno familiar.